El PP de Hormigos recuerda que se construyó en zonas prohibida

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La Audiencia ha condenado al antiguo arquitecto municipal por un delito de prevaricación urbanística y lamentan que el PSOE de la localidad se limite a celebrar que se haya absuelto al exalcalde Basilio Damián Solorzono «y no pidan disculpas»

El PP de Hormigos recuerda que se construyó en zonas prohibida

La Audiencia Provincial de Toledo, en su Sentencia de 20 de septiembre de 2024 relativa a la denuncia interpuesta por el propio Ayuntamiento de Hormigos por actuaciones ilegales en la concesión de licencias para la construcción de varias viviendas unifamiliares y las oportunas segregaciones en la localidad, considera ilegales las actuaciones municipales llevadas a cabo en aquel periodo y que las mismas se realizaron ilegalmente contraviniendo el informe del secretario-interventor y el planeamiento urbanístico al otorgarse en zona rústica, condenando por un delito continuado de prevaricación urbanística al entonces arquitecto contratado por el exalcalde entre los años 2005 a mediado del 2011.

Si bien formalmente la Audiencia Provincial absuelve de responsabilidad penal al exalcalde de Hormigos, Basilio Damián Solorzano, al recaer toda la responsabilidad en el propio arquitecto municipal de aquél entonces, desde el Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Hormigos tachan de «insulto que el PSOE de Hormigos haya expresado en medios de comunicación su satisfacción por la resolución judicial».

Para los 'populares', la sentencia dictada deja claro, en cuanto que impone una condena penal para el arquitecto, «que las irregularidades se produjeron y que fue del todo correcta y necesaria denuncia interpuesta ante el Juzgado Decano de Instrucción de Illescas, con fecha 18 de marzo de 2016, por parte del Ayuntamiento de Hormigos bajo el mandato del PP».

La propia sentencia considera que «la concesión de las licencias relatadas en los ordinales anteriores supusieron una alteración de la ordenación urbanística del municipio de Hormigos, al autorizar la construcción en zonas donde estaban prohibidas».

En lo que respecta al exalcalde, el PP de Hormigos señala que la sentencia expresa únicamente que «no se ha demostrado que Basilio Damián tuviera conocimiento de que estaba concediendo una licencia a sabiendas de que las licencias para segregación y edificación solicitadas no podían autorizarse», por lo que le exime del delito de prevaricación, volcando la responsabilidad la Audiencia Provincial en el arquitecto municipal por informar favorablemente actuaciones urbanísticas no permitidas con el consiguiente perjuicio urbanístico para Hormigos que es precisamente lo que defendía el equipo de Gobierno con su denuncia.

Por eso, desde el PP de Hormigos lamentan y censuran «que el PSOE de Hormigos ante una sentencia que demuestra irregularidades urbanísticas en Hormigos y el perjuicio directo para el Ayuntamiento se limite a enorgullecerse de que no se haya condenado al ex alcalde, sin que hayan aun pedido disculpas al municipio por un caso tan grave y tan perjudicial para Hormigos, resultando cuanto menos una temeridad que por parte del exalcalde se permitieran esas actuaciones con informes negativos del secretario, a pesar de que haya resultado absuelto, siendo notorio y preceptivo que toda actuación urbanística tenga el visto bueno del arquitecto pero también del secretario conforme establece la ley autonómica de Ordenación del Territorio».

En todo caso, consideran en el PP que «desde el equipo de gobierno municipal, tras el cambio de regidor, se actuó conforme procedía legalmente en defensa del municipio al detectarse las actuaciones urbanísticas con informes desfavorables del secretario-interventor procediéndose también por parte del equipo de gobierno como recoge la Sentencia a tramitar actualmente el Ayuntamiento las modificaciones oportunas para regularizar la situación urbanística causada».