Hay veces en las que parece que la pandemia del coronavirus ocurrió hace siglos y otras en la que se diría que fue antesdeayer. Será a comienzos de 2025 cuando se cumplan los cinco años de la expansión de esta enfermedad que hizo decretar el estado de alarma y confinar a la población. No hace falta recordar que hubo muchas muertes y que para evitar contagios demasiadas personas fallecieron en soledad y sus familiares tampoco pudieron despedirse de ellos. Esta situación tan excepcional vivida hace tan poco ha hecho que el Gobierno regional se plantee hacer una ley para el final de la vida. Lo que ya ha hecho la Junta es realizar una consulta previa y apunta al nombre de 'Ley de derechos y deberes de las personas al final de la vida y en situaciones de especial vulnerabilidad'.
Todavía no hay un borrador, pero en esa consulta previa el Gobierno regional argumenta que «tras la pandemia del Covid-19 sufrida en los últimos años se ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar derechos como el acompañamiento en centros sanitarios y sociosanitarios», aludiendo a que también hay que acompasarlo con la «garantía de la salud del resto de la ciudadanía».
Comité de bioética. El Gobierno regional se remite al informe que realizó el Comité de Bioética en España en abril de 2020, en plena pandemia, cuando señaló que se «se debe estudiar el modo de permitir el acceso de, al menos, un familiar, sobre todo en los momentos de la despedida». Argumenta que este acompañamiento de un ser querido o el apoyo espiritual y religioso, cuando así se solicite, es un acto de «humanización».
En la lista de objetivos de la norma, se establecen hasta catorce derechos. El primero de ellos, que engloba un poco el sentido de esta legislación es la «protección de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida». Se establece el derecho «al acompañamiento de familiar o allegado en todo momento, tanto en centros sociales como sanitarios». También se contempla el derecho a la «asistencia espiritual» y a un «apoyo emocional, social y psicológico», incluyendo la atención al duelo.
Cuidados paliativos. Otra de las metas de esta ley es la de garantizar el derecho a recibir cuidados paliativos y a elegir dónde recibirlos. También tiene derecho a la información clínica, a la toma de decisiones y consentimiento informado, al rechazo y a la retirada de una intervención o a la realización de voluntadas anticipadas. Esa protección de la dignidad de la fase final de la vida recoge también el derecho a la intimidad en esos momentos.
El Gobierno regional argumenta que, dado que ya hay una ley promulgada de regulación de la eutanasia, es necesario hacer esta otra normativa de forma paralela para garantizar la dignidad al final de la vida y se remite a lo que ya se ha legislado en Bélgica sobre acompañamiento o cuidados paliativos o en Francia, que ya está promulgando normas para construir una sociedad 'del buen envejecimiento y de la buena autonomía'. También hay comunidades autónomas que de manera previa a la ley estatal de eutanasia fueron sacando normativas relacionadas con el final de la vida.