Villafranca, cuarta población con ordenanza para patinetes

J.Moreno
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Fuensalida fue el primer ayuntamiento de la provincia que aprobó, este año, una normativa expresa sobre los vehículos de movilidad personal

Villafranca, cuarta población con ordenanza para patinetes - Foto: Yolanda Lancha

El Ayuntamiento de Villafranca de los Caballeros acordó en el pleno celebrado el 1 de agosto la aprobación provisional de la ordenanza reguladora de la utilización de los vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos) por las vías urbanas. La norma entrará en vigor en octubre después de la publicación, ayer, del documento en el Boletín Oficial de la Provincia. Se trata de la cuarta localidad de la provincia que incorpora un reglamento expreso sobre estos vehículos, aunque más poblaciones, como Illescas o Yuncler, han incorporado modificaciones a su regulación para controlar el uso de los patinetes.

Los vehículos de movilidad personal son aquellos de uno o más ruedas y dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de un sistema de autoequilibrado.

La ordenanza municipal de Villafranca de los Caballeros aclara que estos vehículos de movilidad personal pueden circular por carril-bici y, en general, por los espacios donde se permite la circulación de bicicletas, excepto por travesías y túneles urbanos. La circulación por la acera no está permitida, así como la misma por parques, plazas y sendas ciclables.

La edad mínima para poder conducir estos vehículos será de 16 años, salvo que disponga de permiso AM (ciclomotores de 50 centímetros cúbicos y cuatriligeros ligeros). La normativa de Villafranca obliga a portar luces y timbre, así como el uso de chaleco reflectante homologado de día y noche.

Estos vehículos de movilidad personal, en los que sólo puede viajar el conductor, deberán ser inscritos en el registro municipal del Ayuntamiento de Villafranca de los Caballeros, gestionado por la Policía Local.

Las infracciones de carácter leve, como no llevar las luces instaladas o conducir sin portar el chaleco, serán sancionadas con una multa de 100 euros. Las graves, como conducir con menos de 16 años, están castigadas con 200 euros.

Fuensalida fue el primer ayuntamiento de la provincia que incorporó una ordenanza expresa sobre los vehículos de movilidad personal. Entró en vigor el pasado mes de mayo. Posteriormente, han completado también el proceso administrativo los ayuntamientos de Seseña y Madridejos.

Además, los consistorios de Sonseca y Numancia de la Sagra han aprobado también ya este año de manera provisional la ordenanza de vehículos de movilidad personal, por lo que es previsible que queden aprobados definitivamente en los próximos meses.