La ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de terrenos de uso público con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácter permanente afrontará hoy el primero de los pasos precisos para su aprobación. La Junta de Gobierno Local abordará este lunes este proyecto, que deberá ir después al Pleno para recibir el visto bueno de la Corporación Municipal, antes de su entrada en vigor. Con todo, se prevé que sea aproximadamente a finales de mayo o prinicipios del próximo mes de junio cuando sea ya efectiva esta nueva regulación para las terrazas hosteleras de la ciudad.
Así lo ha explicado a La Tribuna la concejala de Contratación, Asuntos Generales, Tráfico, Transporte Público y Movilidad, Macarena Muñoz, quien ha trasladado su pretensión de que sea efectiva «cuanto antes», cumpliendo con todos los trámites administrativos precisos para formalizar este paso. Como ha recordado, esta ordenanza nace con el propósito de adaptar la normativa a la realidad, puesto que la que está vigente data del año 2012 y no recoge algunos supuestos que, a raíz de la pandemia, se han implantado con más fuerza en este sector. De ahí que, en lugar de modificar la actual ordenanza se ha optado por redactar una nueva que recoja las necesidades actuales, con el fin además de «asegurar que los espacios públicos se utilicen de manera eficiente y segura».
Para ello, en el proceso de elaboración se ha contado con las asociaciones hosteleras, tanto con la de Talavera como con la provincial, así como con la Federación Empresarial Toledana (Fedeto) y la Federación de Asociaciones de Vecinos 'Vegas del Tajo', con cuyos representantes se han mantenido encuentros por parte del equipo de Gobierno.
Uno de los cambios en el texto responde a la mayor demanda que, a raíz de la pandemia, hay del uso de estos espacios al aire por parte de hosteleros y clientes, que apuestan más por estas zonas frente al interior, incluso en los meses de invierno.
Pese a que las pretensiones iniciales del sector eran poder ampliar el horario de cierre, al menos en verano, tras abordarlo con los vecinos se ha descartado esta opción por evitar problemas de «ruidos». En su lugar, los hosteleros contarán con una hora más de actividad en sus terrazas, pero esta ampliación de horario será a primera hora de la mañana en lugar de antes del cierre del local.
De esta manera, el horario quedará fijado de marzo a octubre de 8:00 a medianoche y hasta la 1:30 viernes, sábados y víspera de festivo, mientras hasta ahora se puede abrir a las 9; y de noviembre a febrero de 8 de la mañana a diez de la noche, ampliándose hasta la medianoche viernes, sábados y víspera de festivo. Estos horarios se verán ampliados en treinta minutos como máximo, que se utilizará para la recogida y limpieza.
Renovación automática. Otra de las novedades que incorpora esta ordenanza es la renovación anual automática de las autorizaciones tanto para las del año natural como para las de temporada, a menos que sus titulares comuniquen lo contrario. Si bien el plazo oficial de solicitudes de terrazas comprende del 1 al 31 de diciembre, la concejala ha confirmado que se puede pedir a lo largo de todo el año y ha hecho hincapié en que se atienden todas las solicitudes recibidas. Muñoz, en este sentido, ha confirmado que son ya numerosas las peticiones recibidas por parte del sector para esta temporada.
Además, en este nuevo texto se ofrece la posibilidad de instalar terrazas o veladores no solo a aquellos establecimientos con fachadas a las plazas, bulevares y parques públicos autorizados para tal fin, sino que recoge que el Ayuntamiento podrá autorizar la ocupación en lugares aledaños, incluso cuando la fachada del establecimiento no dé directamente a dichos espacios, tras una valoración especÍfica que lo considere viable.
modalidades de terraza. En este documento se recogen dos modalidades de terraza, una de ellas sin cerramiento estable y otra con cerramiento estable a tres caras, entendiendo por tal la terraza de veladores compuesta por elementos desmontables, cerrada en su perímetro, dejando cuando menos abierto su frente con el establecimiento y pudiendo ser cubierto.
Según este documento, de manera excepcional y en zonas donde su instalación no suponga un fuerte impacto visual que rompa la estética del entorno urbano o implique «conflicto de intereses» entre la actividad hostelera y el derecho al descanso vecinal, el Ayuntamiento podrá autorizar instalaciones permanentes con cerramientos estables.
En cuanto al velador, por normal general estará compuesto por una mesa y cuatro sillas, pero también por una mesa alta y cuatro taburetes o una mesa alta adosada a la fachada con dos taburetes, formando así junto con los elementos auxiliares una terraza.